Cómo realizar la comunicación de aumentos de capital integrado por nuevos aportes según el Artículo 289

En el marco de la normativa reguladora de las sociedades anónimas, el trámite de comunicación de aumentos de capital integrado por nuevos aportes es de suma importancia para las empresas que desean expandirse y captar nuevos recursos financieros. En Uruguay, este proceso se encuentra regulado por el Artículo 289 y su correcta realización es imprescindible para evitar posibles sanciones o multas. Para llevar a cabo este trámite, es necesario contar con la asesoría de la dependencia estatal correspondiente, en este caso el Ministerio de Economía y Finanzas. A continuación, se detallarán los pasos necesarios para realizar exitosamente la comunicación de aumentos de capital en Uruguay.

Requisitos para el trámite de comunicación de aumentos de capital integrado por nuevos aportes según el Artículo 289