¿Cómo realizar la comunicación de convocatoria a Asambleas en Sociedades Anónimas abiertas?

En el presente artículo, se explicará de manera detallada el trámite correspondiente a la Comunicación de Convocatoria a Asambleas para Sociedades Anónimas abiertas en Uruguay. Este proceso es de vital importancia para la toma de decisiones en el ámbito empresarial, y su correcta ejecución es fundamental para el cumplimiento de las normativas legales vigentes. Cabe destacar que este trámite depende del Ministerio de Economía y Finanzas, entidad encargada de la supervisión y regulación de las sociedades anónimas abiertas en el país. A continuación, se presentará una guía paso a paso para llevar a cabo esta gestión con éxito.

Requisitos para el trámite de Comunicación de convocatoria a Asambleas – Sociedades Anónimas abiertas

Requisitos:

  • Para realizar la Comunicación de Convocatoria a Asambleas, se requiere presentar la siguiente documentación:
  • Publicaciones: en el caso de asamblea no unánime (artículo 345 Ley 16.060), se debe publicar por 3 días en el Diario Oficial y en el otro diario o periódico (del lugar de la sede social), con una anticipación mínima de 10 días y no mayor de 30 días (contándose como día 1 el de la última publicación, sin tener en cuenta en el cómputo el día de la asamblea). Es importante incluir el carácter de la asamblea, fecha, lugar, hora de la reunión y orden del día. En caso de eximirse de la presentación de la publicación en el Diario Oficial, se debe indicar en la nota de presentación la fecha de la primera y de la última publicación realizada.
  • Declaración Jurada Cumplimiento de Obligaciones Leyes 18930 – 19484 Cap II (577 KB)
  • Otros datos de interés: